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El seguro de dependencia

Cada vez nos hacemos más mayores, nuestra esperanza de vida a ido aumentando con los años y en la actualidad estamos entre los tres primeros países del mundo en esperanza de vida. Este dato por si mismo es para alegrarse, pero el alcanzar edades tan altas conlleva muchas veces a sufrir enfermedades propias de la edad que nos incapacita en nuestra vida diaria.

El alzeimer, el parkinson y muchas enfermedades asociadas y no asociadas a la edad han desencadenado la necesidad atender a nuestros mayores. Por este motivo las residencias de mayores, los centros de día y demás organismos dedicados a la atención de nuestras primeras generaciones, se han puesto de moda y se han multiplicado por todo el pais.

Es nuestra obligación atender a todas estas personas dependientes que en su día lo dieron todo por nosotros, nuestro ritmo de vida nos impide muchas veces prestarles la atención que se merecen.

No obstante un buen número de estas personas viven abandonadas, olvidadas en sus domicilios, en bastantes casos fallecen, y nadie se da cuenta hasta que pasa bastante tempo.

También la dependencia salpica a personas jóvenes, los accidentes de tráfico, las enfermedades neurológicas, infecciosas, el cáncer y otras enfermedades, aumentan cada año el número de personas que necesitan atención de terceras personas para su vida normal.

Dependencia:

«La dependencia personal es la incapacidad funcional para el desarrollo de actividades de la vida diaria y para requerir ayuda para su realización. Una persona es dependiente porque no puede valerse por sí misma y necesita asistencia de alguien o de algo». Fuente Wiquipedia.

¿Qué es un seguro de dependencia?

El seguro de dependencia ofrece un capital para el pago de una indemnización al asegurado en el caso de que este sufra una incapacidad y se le reconozca un grado de dependencia.

¿Por qué un seguro de dependencia?

La ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, nació en el 2006 pretendiendo ofrecer ayuda económica y asistencial a las personas que precisan atención permanente en el desarrollo de sus actividades en el día a día.

Se hizo la ley sin previsión alguna de lo que esta tendría que asumir y al final la demanda de ayudas superó en cuatro veces la oferta que tenía prevista el estado. Esto ha conllevado que las prestaciones se hayan reducido y al mismo tiempo que muchas personas se quedasen sin la ayuda.

La actual crisis y la falta de ingresos del Estado, con el incremento de deuda, llevará a una reducción mayor y a la perdida de ingresos de las personas en situación de dependencia.

El futuro se presenta muy negro y es importante tener una previsión de cara a afrontar esta posible situación nada prometedora.

 

¿Cómo funciona un seguro de dependencia?

El asegurado contrata un capital a una duración de tiempo y en supuesto de que le sea reconocida una situación de dependencia se le paga una indemnización.

Esta indemnización se puede percibir en forma de capital de una sola vez o en forma de renta.

A mayores todas las compañías suelen tener asociadas coberturas de Teleasistencia y otras prestaciones que ayuden a la persona con dependencia.

¿Qué fiscalidad tienen los seguros de dependencia?

Cabe distinguir:
Seguros de Dependencia privados.
 Podrán reducir la base imponible las primas satisfechas a los seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia conforme a lo dispuesto en la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia. Igualmente, las personas que tengan con el contribuyente una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, o por su cónyuge, o por aquellas personas que tuviesen al contribuyente a su cargo en régimen de tutela o acogimiento, podrán reducir en su base imponible las primas satisfechas a estos seguros privados, teniendo en cuenta el límite de reducción previsto en la Ley.

LIMITE del conjunto de reducciones:
El conjunto de las reducciones practicadas por todas las personas que satisfagan primas a favor de un mismo contribuyente, incluidas las del propio contribuyente, no podrán exceder de 8.000 euros anuales.
El contrato de seguro deberá cumplir los siguientes requisitos:

    • El contribuyente deberá ser el tomador, asegurado y beneficiario. No obstante, en el caso de fallecimiento, podrá generar derecho a las prestaciones en los términos previstos en el R.D. Legislativo 1/2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.
    • Estos contratos de seguro tendrán obligatoriamente que ofrecer una garantía de interés y utilizar técnicas actuariales.

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